jueves, 25 de noviembre de 2010

Titulo: Basamento legal de la Responsabilidad Social Empresarial


Se considera Responsabilidad Social Empresarial las acciones que deben llevar a cabo las empresas para desarrollarse en armonía con todo aquello que puedan afectar, afectar o impactar: accionistas, clientes, trabajadores, proveedores, medio ambiente.
Existe todo un basamento legal que trata de crear conciencia, regular o normar la actuación de la empresa en la sociedad.
1.             Marco Jurídico Internacional.
1.1 Declaración Universal de Derechos Humanos (1948).
1.2 Los diez Principios del Pacto Mundial (ONU).
Derechos Humanos:
Principio 1: Las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales reconocidos universalmente, dentro de su ámbito de influencia.
Principio 2: Las empresas deben asegurarse de no ser cómplices de la vulneración de los derechos humanos.
Derechos Laborales:
Principio 3: Las empresas deben apoyar la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.
Principio 4: Las empresas deben apoyar la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción.
Principio 5: Las empresas deben apoyar la erradicación del trabajo infantil.
Principio 6: Las Empresas deben apoyar la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y ocupación.
Medio Ambiente:
Principio 7: Las empresas deberán mantener un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente.
Principio 8: Las empresas deberán fomentar las iniciativas que promueven una mayor responsabilidad ambiental.
Principio 9: Las empresas deben favorecer el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente.
Lucha Contra la Corrupción:
Principio 10: Las empresas deben trabajar en contra de la corrupción en todas sus formas, incluidas la extorsión y el soborno.
1.3 La Declaración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo. (Reunión de Ginebra, junio 1998):
-           La Libertad de asociación y la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva;
-           La eliminación del trabajo forzoso u obligatorio;
-           La abolición del trabajo infantil, y
-           La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
1.4 La Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo.
Principio 1
Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
Principio 2
         Los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar porque las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los límites de la jurisdicción nacional.
1.5  Norma en materia de responsabilidad social ISO 26000
         Es una Guía de Responsabilidad Social, publicada el 01 de  Noviembre de 2010. Comprende una definición universal de responsabilidad social, determina que la responsabilidad social no es exclusiva solo de las empresas y grandes corporaciones, pues no importa su tamaño. Explica que la responsabilidad va más allá del cumplimiento con las leyes. Hace una diferenciación clara entre responsabilidad social y filantropía. Enfatiza que las organizaciones tienen una responsabilidad social con su entorno y sus partes interesadas, entre otras cosas.
2        Marco Jurídico Nacional:
Existen leyes que apoyan o ratifican los convenios y tratados internacionales, entre las cuales podemos destacar:
2.1  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Gaceta Oficial Nº 5.908 extraordinario de fecha 19 de febrero de 2009)
Representa la máxima ley en nuestro país, aborda artículos referentes a los deberes de las empresas en materia de los derechos humanos, laborales y de protección al medio ambiente.
2.2 Ley de Servicios Sociales, (Gaceta Oficial Nº 38.694 30 de mayo de 2007)
2.3 Ley para las Personas con Discapacidad (Gaceta Oficial Nº38.598 del 5 de enero de 2007)
2.4 Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (Gaceta Oficial Nº 5.266 Ext. del 2 de octubre de 1998)
2.5 Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (Gaceta Oficial Nº 38.242 del 3 de agosto de 2005)
2.6 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Gaceta Nº 38.236 del 26 de julio de 2005)
2.7 Ley Orgánica de Drogas (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.510 del 15 de septiembre de 2010)
2.8 Ley Orgánica del Ambiente (Gaceta Oficial Nº 5.833 Ext. del 22 de diciembre de 2006)
2.9 Ley de Impuesto Sobre la Renta (Gaceta Oficial Nº 38.628 Ext. del 16 de febrero de 2007)
2.10 Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (Gaceta Oficial 38.081 del 07 de diciembre de 2004)
2.11 Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior (Gaceta Oficial 38.272 del 14 de septiembre del 2005)
2.12 Ley Orgánica del Trabajo (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.152 del 19 de junio de 1997)
2.13 Ley Orgánica de Educación (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 2.635 del 28 de julio de 1980)
2.14 Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas (Gaceta Oficial Nº 37.118 del 12 enero de 2001)
2.15 Ley de Diversidad Biológica (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.468 del 24 de mayo de 2000)
2.16 Ley Sobre Cooperación Internacional (Gaceta Oficial  Número 25.554 8 de enero de 1958)
2.17 Reglamento N° 5 de la Ley Orgánica del Ambiente Relativo a Ruidos Molestos y Nocivos (Decreto N° 370 de fecha 19 de noviembre de 1979)
2.18 Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia Gaceta Oficial Nº 36.576, del 06 de noviembre de 1998.
2.19 Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (Gaceta Oficial Nº 37.600 del 30 de diciembre de 2002)
2.20 Ley Especial contra los Delitos Informáticos (Gaceta Oficial de la República  Bolivariana de Venezuela N° 37.313 del 30 de octubre de 2001)
2.21 Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.398 Extraordinario del 26 de octubre de 1999)
2.22 Ley de Asignaciones Económicas Especiales para los Estados y el Distrito Metropolitano de Caracas Derivadas de Minas e Hidrocarburos (Gaceta Oficial de la república Bolivariana de Venezuela. N° 37.086 del 27 de noviembre de 2000)
2.23 Ley de Reforma Parcial del Decreto Nº 6.092, con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 39.165).
2.24 Ley de Reforma Parcial del Decreto N° 5.929, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Publicas (Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 39.165).
      Lamentablemente muchas de estas leyes no son cumplidas en su totalidad, muchas veces porque no existe un control o política de seguimiento alguno que asegure su cumplimiento. Hace falta promover en el país valores y ética desde el hogar, desde las escuelas y universidades. Esto permitiría un cambio de cultura en nuestras instituciones públicas y las empresas privadas, que beneficiaría a las partes interesadas o afectadas de la empresa, es decir, accionistas, clientes, trabajadores, proveedores, sociedad y medio ambiente.
      La Responsabilidad Social Empresarial en una empresa no podrá fundamentarse sobre un vacío moral, sino a partir de los niveles alcanzados por la conciencia común de las personas que la integran.
      En cuanto al tema del Estado como empresario debemos reconocer que aunque el estado  tenga las mejores intenciones para ofrecer todos los bienes y servicios para el bienestar de la sociedad (Art. 322 y Art. 326), necesita de las empresas privadas para acometer la solución de los tantos problemas comunes de la sociedad.
Por ello en la actualidad, es un reto para los gerentes el transformar los servicios y empresas estatales y también las empresas privadas, en empresas cada vez más eficientes y competitivas. Para competir en un ambiente de confianza, se necesita transparencia, franqueza que cada vez va teniendo más valor dentro del mundo empresarial y significa una herramienta básica para convencer. Es un valor muy apreciado tanto por la opinión pública, como por el conjunto de inversionistas.
Todo gerente debe tener un conocimiento intuitivo, una idea del diseño posible de la empresa tomando en consideración la misión de la misma, la cual debe estar casada con la responsabilidad social de dicha empresa y ser coherente en su actuación; todo esto debe contar con el acuerdo de las partes implicadas, y así obtener credibilidad y por ende legitimidad y sustentabilidad en el tiempo.
      La sociedad reclama más transparencia de  sus lideres y empresarios y son los gerentes los llamados a diseñar modelos de gobierno de las empresas tanto públicas como privadas, que sean consistentes con la actuación (coherencia), orientados a la ejecución del plan de negocios, es decir rentabilidad, pero armonizado con los intereses de las partes afectadas: consumidores, trabajadores, proveedores, sociedad. Se debe buscar la colaboración, adaptación e integración de más y mejor talento humano que creen y gestionen en equipos multidisciplinarios, un equilibrio entre la rentabilidad y la responsabilidad social de las empresas tanto del estado como privadas para generar su sustentabilidad.


Autoras:

Ligia Cabrera
Marbelia López
Nayerlín Villegas

2 comentarios:

  1. Felicidades a esta nueva generación de Gerentes Empresariales USM. Gerentes, que han comenzado desde la transformación de sus vidas.
    Gerentes, que han asumido y honrado con gran responsabilidad cada reto. Gerentes, que han comprendido que el conocimiento y el corazón son las herramientas con las que se trabaja para un mejor futuro. Éxito!
    JJWG 26-11-2010

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  2. Buen día me dirijo a ustedes por que necesito encontrar con urgencia la ley de responsabilidad social empresarial, la he buscado y no la consigo por eso les pido que si saben donde la puedo encontrar por favor me digan Gracias
    feliz dia

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